Reprogramación
La reprogramación contempla el cambio de una o varias condiciones del crédito, debido al deterioro de la capacidad de pago del cliente, por el impacto negativo de la pandemia COVID-19. Este proceso implica, además, que las cuotas diferidas se trasladaran al final del plan de pagos, de manera invariable en monto y frecuencia. Este procedimiento debe ser formalizado a través de la firma de una adenda al contrato original.
Refinanciamiento
El refinanciamiento implica recibir fondos adicionales, manteniendo la operación original diferida. Este proceso implica, además, que las cuotas diferidas se trasladarán al final del plan de pagos, de manera invariable en monto y frecuencia. Este procedimiento debe ser formalizado a través de la firma de una adenda al contrato original.
Periodo de Gracia
El periodo de gracia es un tiempo, de (6) seis meses, durante el cual no tiene que pagar interés ni capital de crédito.
Este periodo se aplica siempre y cuando se proceda con el refinanciamiento la reprogramación de crédito. Esta normativa fue asumida para mitigar los efectos de la pandemia de COVID-19.
Prorroga
El periodo de prórroga es el periodo durante el cual, el prestatario que fue beneficiado con el diferimiento de cuotas de crédito se encuentra tramitando el refinanciamiento y/o reprogramación; en el citado periodo el Banco no debe efectuar ningún cobro de capital e intereses, ni modificar el estado de la deuda ni la calificación del prestatario, hasta que se perfeccione la operación que corresponda.