Punto de Reclamo

Punto de Reclamo

Las Entidades Financieras, están obligadas a atender los reclamos de sus clientes, de acuerdo al Reglamento para el funcionamiento del PR., de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

Punto de reclamos

El punto de reclamo virtual te permite registrar tu reclamo sin estar en el banco, ingresa tu correo y llena nuestro formulario para que nos contactemos contigo.

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  Formulario de reclamo sobre diferimiento de créditos y periodo de gracia
Punto de Reclamo Diferimiento de Creditos

1. ¿Qué es el Punto de Reclamo en una Entidad Financiera?

Es un servicio sin costo para el cliente que el Banco presta al consumidor financiero para que pueda gestionar sus reclamos.

2. ¿Qué son los Centros de consulta ASFI?

Es un servicio de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, disponible en todas sus oficinas con el objeto de atender reclamos de los consumidores financieros, teniendo también a disposición la Aplicación “ASFI móvil”.

3. ¿Quiénes pueden presentar sus reclamos?

Pueden presentar sus reclamos las personas naturales o jurídicas que adquieren un servicio en el Banco, sea cliente o no.

4. Pasos para presentar un reclamo en una Entidad Financiera

El consumidor financiero puede presentar sus reclamos ante el PR de la siguiente manera:

Personal.- Puede registrar su reclamo ante todo funcionario de plataforma de servicio al cliente en cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional, ya que están habilitados para recibir y registrar su reclamo.

Por escrito.- El consumidor financiero puede realizar su reclamo presentando una carta en cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional.

Teléfono.- Llamando a nuestro Contact Center a la línea 800 10 2872.

Página Web.- Puede presentar su reclamo registrando el mismo en el Formulario de Punto de Reclamo.

5. ¿Qué debe tomar en cuenta para presentar un Reclamo ante la ASFI?

La ASFI atenderá los reclamos sólo cuando se hayan agotado los recursos para solucionar su reclamo en las entidades financieras.

El ordenamiento jurídico no otorga facultades a la ASFI para conocer y resolver controversias que están siendo atendidas por las autoridades del Poder Judicial para hacer valer los derechos que pudieran asistirle, tampoco tiene facultades para resolver conflictos que exceden el ámbito administrativo y de regulación.

6. ¿En qué plazo debe recibir la respuesta a su reclamo?

En 5 días hábiles a partir de la fecha en que presentó su reclamo, de todos modos existen casos que requieren un plazo mayor, el cual le será informado de forma expresa.

7. ¿Cómo debe ser la respuesta a su reclamo?

Debe ser:

  • Oportuna: Dentro del plazo establecido.
  • Íntegra: Completa, exacta y sustentada.
  • Comprensible: Con información clara y fácil de entender.
  • Expresa: En forma escrita.
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