El Banco administra diferentes Fideicomisos y Fondos de Garantía constituidos con recursos públicos y privados, que contribuyen al desarrollo Económico y Social.
Fideicomiso destinado a dar financiamiento de capital de operaciones y/o de inversión que tengan por finalidad la elaboración de materias primas, insumos y manufacturas que sustituyan importaciones. Serán beneficiarios de los créditos otorgados por el FIREDIN-BANCO UNIÓN, las personas naturales o jurídicas que cuenten con Número de Identificación Tributaria – NIT activo, del Régimen Tributario Simplificado o Régimen General. La tasa de interés para capital de operaciones y/o de inversión al beneficiario será de cero coma cinco por ciento (0,5%) anual.
La finalidad del FIREPRO es otorgar financiamiento al Banco de Desarrollo Productivo - Sociedad Anónima Mixta - BDP-S.A.M., a objeto de que éste realice la colocación de créditos al sector productivo cuyos segmentos y sectores son: a) La micro, pequeña y mediana empresa urbana y rural, artesanos y organizaciones económicas comunitarias; b) Las actividades de las cadenas productivas en sus diferentes etapas, actividades complementarias a los procesos productivos, actividades de comercialización en el mercado interno o externo y otras actividades relacionadas con el ámbito productivo nacional con sustitución de importaciones.
La finalidad del FOREPRO-GAMEA es otorgar Créditos de Fomento destinados a microcréditos que incentiven la actividad económica, la producción, productividad y competitividad de las micro pequeño empresas y artesanos en el municipio de El Alto.
Recursos destinados a otorgar créditos de capital de operación e inversión, previa presentación de un plan de negocios y/o proyectos con factibilidad de negocio sostenible, que incentiven la producción, productividad y competitividad de los sectores productivo, agropecuario, artesanal y de la pequeña y mediana agroindustria e industria regional, de la Provincia de Gran Chaco del Departamento de Tarija.
Recursos que facilitan el acceso de los actores económicos a un crédito de fomento para contribuir al desarrollo económico del Departamento de Tarija en todos sus ámbitos. Los recursos son destinados a capital de inversión, operación y los beneficiarios principales son micro y pequeñas empresas, pequeños productores, trabajadores gremiales minoristas, trasportistas, artesanos, trabajadores por cuenta propia y pequeñas empresas unipersonales.
Recursos provenientes de la recaudación del 2% del aporte patronal público y privado para vivienda, destinado al financiamiento de la ejecución de programas y/o proyectos de vivienda y hábitat, desarrollados por AEVIVIENDA para la dotación de soluciones habitacionales a la población del Estado Plurinacional de Bolivia.
Recursos destinados a la compra, venta, comercialización y exportación de alimentos y otros productos manufacturados, así como la compra e importación de maíz, harina de trigo, semilla certificada de arroz y agroquímicos para su comercialización en el mercado interno.
Su finalidad es la asignación de recursos a INSUMOS BOLIVIA para la compra, importación y comercialización de materias primas, herramientas y maquinarias, para el apoyo a la producción de las Micro, Pequeñas Empresas y artesanos de transformación y manufactura de los Complejos Productivos priorizados por el MDPyEP
Recursos destinados a financiar la estructuración y puesta en marcha de la Gestora Pública de la Seguridad Social de largo plazo, donde la beneficiaria podrá destinar los recursos obtenidos del Fideicomiso para financiar la compra de bienes, gastos operativos y administrativos para el inicio de sus operaciones.
Los recursos están destinados a la compra de activos y capital de operaciones para la Empresa Pública Nacional Textil - ENATEX.
Es la constitución del fideicomiso en atención al Artículo 541 de la Ley N° 393 de Servicios Financieros de 5 de agosto de 2013, para la administración de los activos correspondientes a la cartera de créditos otorgados por ex Banco Fassil S.A. para su recuperación y, pasivos conformados por depósitos en cuentas corrientes, caja de ahorros, depósitos a plazo fijo y otras cuentas por pagar (que constituyen las obligaciones privilegiadas de primer y segundo orden) registrados en los estados financieros de la entidad intervenida a la fecha de dictada la resolución de intervención por la Autoridad de Supervisión Financiero – ASFI , en el marco de lo establecido por el Artículo 532 de la Ley N° 383; activos y pasivos que conforman el Patrimonio Autónomo.
La finalidad del fideicomiso es la administración, cobranza, realización de activos y derechos expectaticios, de “La Paz” Entidad Financiera de Vivienda en Intervención, así como los créditos castigados, cuentas por cobrar castigadas, con el objeto de pagar con los activos o el producto de este fideicomiso, las acreencias que se encontraren pendientes de pago conforme a la resolución de prelaciones que dicte el Juez Público Civil y Comercial que conoce la Liquidación Forzosa Judicial, en cumplimiento a los Artículos 548 y 551 de la Ley N° 393 de Servicios Financieros de 5 de agoseto de 2013. Los beneficiarios del fideicomiso serán los acreedores reconocidos conforme a la resolución de prelaciones que dicte el Juez Público Civil y Comercial que conoce la Liquidación Forzosa Judicial en cumplimiento al Artículo 548 de la Ley N° 393 de Servicios Financieros, quienes por ese simple hecho quedan sometidos a los términos y alcances de forma y contenido del contrato de constitución del fideicomiso en cuanto a los derechos y obligaciones que les otorgan y reconocen. Los Titulares de los Certificados de Capital para su cobro, son los considerados en el Inciso q) del Artículo 548 de la Ley N° 393 de Servicios Financieros.
Recursos destinados a garantizar el monto de financiamiento que suple al aporte propio exigido por entidades de intermediación financiera en solicitantes de crédito de Vivienda de Interés Social.
Recursos destinados a garantizar créditos al sector productivo para capital de operaciones y/o capital de inversión, incluidas operaciones de crédito para financiamiento del sector turismo y producción intelectual según definiciones y normativa emitida por ASFI.
El Fondo de Garantía de Créditos al Sector Gremial - FOGAGRE es un fondo destinado a respaldar el otorgamiento de garantías para operaciones de microcrédito y crédito PyME, destinadas al Sector Gremial para capital de operaciones y/o capital de inversión, monto de financiamiento que suple al aporte propio exigido por las Entidades de Intermediación Financiera a los solicitantes de créditos destinados al sector Gremial.
Los recursos del FOGAC estarán destinados a respaldar la emisión de Boletas de Garantía y Garantías a Primer Requerimiento. Podrán ser beneficiarios del FOGAC, las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas del Sector de la Construcción que soliciten Boletas de Garantía y/o Garantías a Primer Requerimiento. El FOGAC, podrá otorgar cobertura hasta el cincuenta por ciento (50%) de la Boleta de Garantía o la Garantía a Primer Requerimiento, en el marco de la normativa regulatoria emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI y normativa interna del Banco Unión S.A. La garantía otorgada por el FOGAC no tendrá costo para el solicitante de una Boleta de Garantía o Garantía a Primer Requerimiento; sin embargo, la otorgación de Boletas de Garantía y/o Garantías a Primer Requerimiento están sujetas a comisiones por emisión según tarifario vigente del Banco Unión S.A.
Los recursos del FOCREMI estarán destinados a reactivar las actividades económicas, financiando con créditos a Micro Empresas que realicen actividades productivas, comercio y/o servicios, que a su vez fueron afectadas por conflictos sociales y factores climáticos, mediante la otorgación de créditos para capital de operación y/o inversión. La determinación de los sectores de las actividades económicas de las Micro Empresas, se efectuarán considerando los criterios técnicos y metodología establecida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI, para tal efecto. El monto máximo de financiamiento del FOCREMI será de acuerdo con la capacidad de pago, determinada por la entidad financiera. El FOCREMI otorgará financiamiento a una tasa de interés del seis por ciento (6%) anual. El plazo del financiamiento otorgado, por el FOCREMI será de acuerdo con la capacidad de pago, determinada por la entidad financiera. Los financiamientos otorgados por el FOCREMI deberán contar con las respectivas garantías las cuales podrán ser convencionales y/o no convencionales. Asimismo, se considerará la cobertura del Fondo de Garantía de Créditos para el Sector Productivo (FOGACP) y Fondo de Garantía de Créditos para el Sector Gremial (FOGAGRE), entre otros.
Los créditos del FOCREA estarán destinados a financiar lo siguiente: a) Financiamiento para emprendimiento de las actividades económicas productivas, de comercio o servicios de los beneficiarios del Fondo, destinados a satisfacer las necesidades de dicho segmento. Por ejemplo, compra de equipos de computación, maquinaria u otros. b) Gastos educativos (Pago de matrícula, pensiones o mensualidades de unidades de formación académica, pago de estudios de pregrado, posgrado u otros cursos, procesos de titulación). El monto máximo de financiamiento del FOCREA será de acuerdo a la capacidad de pago, determinada por la entidad financiera. El FOCREA otorgará financiamiento a una tasa de interés del seis por ciento (6%) anual. El plazo del financiamiento otorgado por el FOCREA será de acuerdo a la capacidad de pago, determinada por el Banco Unión S.A. Los financiamientos otorgados por el FOCREA deberán contar con las respectivas garantías las cuales podrán ser convencionales y/o no convencionales.