CRÉDITO DE EXPORTACIÓN

CRÉDITO DE EXPORTACIÓN

Es el instrumento mediante el cual el emisor (banco del exterior) actuando por cuenta y orden de su cliente (el importador) se compromete a pagar a la vista y/o a plazos por intermedio del Banco a un beneficiario (el exportador), una determinada suma de dinero, sujeto al cumplimiento de las condiciones y términos especificados.

Crédito de Exportación

  • Mínimo nivel de riesgo para el exportador, en la medida que cumpla con los términos de la carta de crédito en tiempo y forma. En las Cartas de crédito confirmadas, Banco Unión se compromete por cuenta y orden del Banco emisor a pagar y/o atender libramientos al amparo del crédito documentario, siempre y cuando se cumplan estrictamente los términos y condiciones del mismo y la documentación sea presentada dentro de la validez del crédito. El exportador accederá al cobro de su exportación a través de Banco Unión, de forma inmediata contra la presentación de los documentos de embarque en los términos y condiciones estipuladas en la carta de crédito.
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